El periodista Josué Méndez me envía el siguiente Habeas Corpus contra Alan García y Jehude Simon Munaro en razón de los últimos sucesos acontecidos en la selva (no nos olvidemos que el Habeas Corpus no sólo garantiza la libertad del ciudadano, sino que también vela por los derechos fundamentales que se desprenden de la vida y la libertad frente a cualquier acción dolosa que pueda vulnerar estos derechos fundamentales). La demanda fue presentada por el legendario partido Focep que lidera, pese a todo, Genaro Ledesma Izquieta:
FUE PRESENTADO HOY ANTE 41 JUZGADO PENAL DE LIMA, Expediente Nro. 20145-2009
Demanda del Proceso Constitucional sobre Habeas Corpus contra el Presidente de la República y Jefe de las Fuerzas Militares y Policiales Alan García y contra el Presidente de su Gabinete Ministerial Yehude Simon Munaro a favor de los pobladores nativos de la amazonía peruana amenazados de exterminio por acción de la Fuerza Armada.
AL JUZGADO PENAL DE LIMA:
Representados por los dirigentes que al pie suscriben, señalando domicilio real y procesal en Jr. Camana Nº 615 Ofic. 702, Cercado de Lima, atentamente dice:
El FRENTE OBRERO, CAMPESINO, ESTUDIANTIL Y POPULAR (FOCEP), de 46 años de existencia legal en nuestro país, fiel a sus objetivos de defender los derechos humanos y especificamente los derechos de la población campesina y de las comunidades nativas, interponemos la presente Demanda Constitucional de Habeas Corpus contra el Presidente del Perú Alan García Pérez, Jefe de las Fuerzas Armadas y Policiales y contra el Presidente de su Gabinete Ministerial Yehude Simon Munaro por cuanto ambos emplazados están perpetrando hechos que como autoridades vulneran y amenazan la libertad individual de miles de pobladores de las comunidades nativas de la Amazonía peruana y sus derechos constitucionales conexos, según definición que nos da la Constitución Política del Perú en su Art. 200º inciso 1), por lo que, en el tiempo más breve exígimos que el fuero constitucional haga prevalecer las garantías constitucionales de aquellos miles de ciudadanos peruanos de la selva peruana expuestos a perder su vida, de sus familias y del territorio que ocupan.
FUNDAMENTOS DEL PETITORIO
1. Tal como viene informando la prensa nacional e internacional los pobladores nativos de la amazonía, se encuentran desde hace 32 días en pie de lucha, la población amazónica se ha levantado en huelga general indefinida reclamando que los demandados cumplan con los acuerdos del Acta que firmó el Presidente del Consejo de Ministros con los líderes nativos el día 20.04.2009 que ha resultado simplemente una burla a los nativos de la amazonía que, como ellos mismos califican ha resultado “una mesida del gobierno” para engañarlos, aprovechando de su poca cultura política y su humildad social y por tener creencia en las autoridades demandadas.
2. En aquella Acta del 20.04.2009 quedó establecida la obligación de los demandados de la inmediata derogatoria de los Decretos Legislativos Nº 1020, 1064, 1080, 1081, 1089 y 1090 expedidos por los demandados y, finalmente la derogatoria de la Ley N º 9933 sobre Recursos Hidrícos en menoscabo de los nativos.
3. En respuesta a la reclamación pacífica de nuestros hermanos nativos de la selva los demandados han expedido el Decreto Supremo Nº 027 declarando en ESTADO DE EMERGENCIA la problemática de sus reclamaciones, con miras intimidatorias y borrando todo sus derechos constitucionales, siendo una dramática profecía que ha lanzado el Presidente del Gabinete Yehude Simon Munaro, que se lee en la página 3 del diario “ La República ” del dia de ayer dirigida a los pobladores nativos: “Si el Gobierno quisiera podría aplastar la protesta indígena, pero no lo hace”, denotando su amenaza que en algún momento las Fuerzas Armadas que no pudieron contener al ejército invasor de Chile en la Guerra de 1879, sí podrían hacerlo contra 600 mil pobladores nativos que son gente muy humildes de nuestra amazonía. Las amenazas del demandado Yehude Simon Munaro de aplastar a los nativos es rechazada por la Constitución Política de Perú en su Art. 200º inciso 1).
4. El diario “ La República ” del día de hoy destaca las expresiones del líder de los nativos señor Alberto Pizango quien manifiesta que “El estado de emergencia es una abierta declaración de guerra”. “Estamos ante un gobierno que no dialoga y que es responsable de lo que pase en la protesta”. “Aquí el gobierno nos mece sin ninguna verguenza y no queremos más mecidas”. La declaración del líder nativo se queja que los demandados se burlen de ellos y que al momento los demandados han producido un desalojo violento en la selva produciendo 7 detenidos, 10 heridos de bala y 3 desaparecidos que posiblemente se les ha quitado la vida, tales damnificados pertenecen a la comunidad nativa “Awagun”, “que son guerreros por excelencia” y que si los demandados están les han declarado la guerra ellos irán hasta el final”. Tales declaraciones demuestran la ira de los marginados ante el incumplimiento de las obligaciones políticas de los demandados Alan García Pérez y Yehude Simon Munaro.
5. El líder de los nativos Alberto Pizango declara condolidos sentimiento “Estamos siendo agredidos y nadie se pronuncia”. Tal situación nos impulsa a éste Partido de la Izquierda Peruana Frente Obrero, Campesino, Estudiantil y Popular FOCEP a instaurar el presente Proceso Constitucional de Habeas Corpus para que se protega la libertad, la vida y derechos conexos de nuestros compatriotas y a tono con lo que manda el Código Procesal Constitucional en su Art. 28º: “La demanda de Habeas Corpus se interpone ante cualquier Juez Penal sin observar turnos, conforme al Art. 28º y conforme al Art. 30º podrá constituirse en el lugar de los hechos y verificada la detención indebida ordenará allí mismo la libertad del agraviado”. Además que cualquier persona puede interponer la demanda de Habeas Coprus desde cualquier lugar en que se encuentre.
6. Estando a que, el Proceso Constitucional de Amparo procede no solamente contra la vulneración de la libertad individual sino a favor de los demás derechos constitucionales conexos que les correspondan a la persona, tales como la vida, la salud, el respeto a la persona humana, la no violación del domicilio y de la familia que allí more. Estos derechos conexos resultan lamentablemente inexistentes por obra de los demandados al haber expedido el Decreto Supremo Nº 027 con fecha de ayer, dando lugar a la amarga queja de los pobladores nativos que los demandados los desprecian y que si hasta pudieran exterminarlos, lo harían para vender sus tierras a poderosos capitalistas extranjeros, tal cual es, el objetivo de los demandados.
Pedimos que el señor Juez de la causa notifiqué sobre este Proceso Constitucional de Amparo a los demandados y luego se constituya a los lugares de la amazonía peruanas a poner en libertad a los detenidos por causa del mencionado Decreto Supremo Nº 027.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA DEMANDA
1. Son fundamentos jurídicos de la presente demanda los preceptos de la Constitución Política del Perú en su Art. 200º inciso 1), los preceptos del Código Procesal Constitucional estableciendo que son fines esenciales de los procesos constitucionales garantizar la prímacia de la Constitución (Art. II del Título Preliminar) y la vigencia efectiva de los derechos constitucionales así mismo el ordenamiento posesional del código ordena que las resoluciones vayan de conformidad “con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. V del Título Preliminar) , los tratados sobre derechos humanos así como de las decisiones adoptadas por tribunales internacionales, todos los cuales declaran que la vida es el derecho fundamental del ser humano, que el Estado debe respetar esa vida y hacer que toda la colectividad la respete”.
2. Art. 30º del Código Procesal Constitucional, tratándose de formas de detención arbitrarias tal como lo proponen los demandados para intimidar a nuestra población nativa, el Juez de la causa está obligado a “constituirse en el lugar de los derechos y verificada la detención indebida ordenará en el mismo lugar la libertad del agraviado”.
3. Habiendo el Tribunal Constitucional en uso de sus supremas facultades variado las causales de improcedencia del Habeas Corpus en el Expediente Nº 06218-2007 de fecha 17.01.2008, esta demanda se sujeta plenamente a lo que manda dicha ejecutoria empezando por hacer suyos los derechos declarados por el Proceso de Habeas Corpus que aparece en su Numeral 2 de la parte expositiva que nos permitimos adjuntar en copia fotostática tomada de la página web del Tribunal Constitucional a fin de no hacer tan extensa esta exposición que coincide con los fundamentos del Tribunal Constitucional
4. Así mismo damos cumplimiento a los tres nuevos requisitos que pasamos a explicar: “En primer lugar –dice la ejecutoria- el Juez Constitucional debe identificar el derecho o derechos que expresan podían ser afectados por los actos arbitrarios de las autoridades”. Esta parte demandante cumple con identificar el derecho o derechos atropellados en las colectividades nativas de nuestra selva por medidas que atentan contra la libertad individual, contra la integridad personal de cada uno de los pobladores, el derecho a no ser sometido a tratos inhumanos o humillantes ni violentándoles para obtener declaraciones, el derecho a no ser obligados a reconocer culpabilidad contra sí mismo, contra su cónyuge o sus parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad, el derecho a ser no privado de sus documentos de identidad nacional, el derecho a no ser incomunicado, el derecho a ser asistido por un abogado, normas que a su vez están establecidos el Art. 25º del Código Procesal Constitucional.
5. El Juez Constitucional debe indetificar la verdadera pretensión del demandante. En cuanto a este requisito el FOCEP como parte demandante reclama trato humano y constitucional para los pobladores nativos de nuestra selva, ya precisados en el numeral anterior; como Partido que surgió de la lucha los campesinos y obreros de Cerro de Pasco se solidariza con las poblaciones nativas de la selva para que los demandados les respeten su vida, su propiedad, su vivienda, su familia y no arrebaten por la fuerza sus tierras en las cuales habitan y por consiguiente se asocia a la reclamación de los nativos para que se derogen los Decretos Legislativos Nº 1020, 1064, 1080, 1081, 1089 y 1090 y se deroge la Ley N º 9933 sobre Recursos Hídricos que perjudica a los nativos. Estos derechos enunciados son derechos conexos al derecho de Habeas Corpus que se tendrá en cuenta para la admisibilidad de la demanda.
6. En cuanto al tercer requisito que señala que el Juez Constitucional deberá analizar que los derechos conexos están protegidos por los derechos fundamentales consagrados en la Constitución y que son objeto de tutela del Proceso de Habeas Corpus.
MEDIOS PROBATORIOS
1. Adjunto como medio probatorio el ejemplar del diario la “ La República ” correspondienet a la ecición de ayer martes 12 de mayo del 2009 donde aparece una amplia información sobre la protesta de las comunidades nativas y las declaraciones de su líder Alberto Pizango lo que se tendrá en cuenta.
2. Nuevas Informaciones drámaticas de la violación de derechos humanos de los pobladores amazónicos uno de los cuales fue asesinado por la Policía en el Puente de Corrral “Quemado” y existen más de 30 heridos que no han sido recpecionados en los hospitales del Estado.
3. El texto de las Nuevas Causales de Improcedencia de Habeas Corpus según senetcnia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 06218-2007 de fecha 17.01.2008 tomada del diario oficial “El Peruano” y que conforme a las cuales está adecuada la presente demanda.
4. Fotocopia de los derechos tutelados por el proceso de Habeas Corpus de la mencionada sentencia con los que estamos plenamente deacuerdo porque apoya la presente demanda y que por eso mismo hemos ofrecido en adjuntarlo en hoja aparte.
OTROSI.- El demandado Alan García Pérez en su calidad de Presidente del Perú y Jefe de las Fuerzas Armadas y Policiales será citado en su domicilio del Palacio de Gobierno, sito en la Plaza de Armas de Lima. El demandado Yehude Simon Munaro en su calidad de Presidente del Consejo de Ministros deberá ser notificado en el edificio donde funciona la PCM PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.
Lima, 12 de Mayo del 2009.
Los dirigentes que representan al FOCEP:
GENARO ALFONSO LEDESMA IZQUIETA
Presidente del Partido
DNI Nº 07239523
YUDY CATY CAMPOS LLONTOP
Secretaria General del Partido
DNI Nº 09361514
MARIO CESAR VILCATOMA PILLACA
Secretario de Economía Nacional
D.N.I. Nro. 10436066
12 comentarios:
Carajo, Ibarra, saca más fotos de esta masacre. El puelbo esta en pie de guerra y en lima siguen las cosas como si no pasara nada.
Atención la selva se levanta y esperamos que nos apoyen desde las ciduaades.
No al remate de nuestras selvas!!!!!!!!!
El pueblo unido
ja,más será vencido!!!!!!!!!
Alan está volviendo a hacer lo que sabe hacer bien: matar al pueblo y más genocidios.
PL
Alan garcía, genocida, csmare, pagarás todo lo que estás haciendo.
Totalmente de acuerdo con el fondo de la carta y la fundamentación jurídica, pero lamentablemente el juez rechazará el pedido por temas de forma: el habeas corpus se presentó en Lima, cuando el juez competente es el que está en la zona del conflicto.
Cuando el Código Procesal Constitucional hace referencia a que el recurso se presenta ante cualquier juez penal, está entendido que es cualquier juez penal que tenga competencia territorial. Ningún juez viaja a provincias (para eso están las reglas de competencia y los exhortos).
Ahora bien. Sabemos que ni aunque estuviera impecable la demanda, el Poder Judicial corrupto la ampararía.
cárcel para ese hijo de la guAyaba
Lamentablemente, estamos comprobando un total desconocimiento de lo mímimo en acciones de esta naturaleza. Aparte de lo que dice el anónimo 4, debe añadirse que no tiene ni pies ni cabeza el otrosí redactado en la parte final de la demanda puesto que en acciones de habeas corpus no se corre traslado a la otra parte. No se puede esperar menos de Ledesma Izquieta, eterno iletrado de la fauna política.
arresto ciudadano a esos dos jijunas!!
Los que vamos a pagar somos nosotros, por pegarla de cyberintelectualoides y no hacer nada màs que hìgado mientras leemos notas tan bien escritas como èsta.
La revoluciòn es interior. Quièn hace nada por su cuenta? Bla bla bla bla-. Floro.
Queremos mucho a la selva? Queremos que no la vendan? Entonces dejemos de escribir parvuladas y hagamos algo concreto al respecto.
Pero lo veo difìcil. Todos estamos tan entretenidos con los dimes y diretes y con el alimento diario de nuestro ego que los intelectuales nacionales ya se parecen a sus futbolistas y van en camino en convertirse en polvo y recuerdo.
Dònde estàn los intelectuales como Gonzales Prada, como Mariàtegui, como el mismo Vallejo.
Somos de chicle globo, de gomita, de oropel.
Puro floro.
Un abrazo desencantado.
K.
Tù y Faveròn tienen algo en comùn. Ambos procesan y aprueban sus coments.
A què le temen?
La gente es sòlo gente.
Un iletrado procurador antiterrorista y la Amazonía en pie de guerra
Mientras el gobierno de este país corral-de-chanchos asila a genocidas bolivianos (Jorge Torres Obleas, ex ministro de Hacienda del Gonzalo Sánchez de Lozada, asesino enjuiciado desde antes de que Evo Morales asumiera la presidencia de Bolivia por la muerte de 67 ciudadanos, y centenares de heridos y mutilados), un coro horrísono formado por el aprofujimontesinista-neoliberal ministro de defensa ANTERO FLOREZ ARAOZ, por la ministra de justicia y amiga personal del genocida ALAN GARCÍA PÉREZ, ROSARIO FERNÁNDEZ, por la ministra del interior, la mujer más fea del mundo, la MECHE CABANILLAS, por el procurador antiterrorista, JULIO GALINDO VÁSQUEZ (muchos te recordamos, Olluquito Galindo, en el poder judicial de Fujimori, haciéndote invitar un cevichito de diez lucas o intentando manosear a las mujeres de los presos por narcotráfico, so ladrón, luego te las diste de asesor jurídico de empresa privadas) clama desesperadamente que los PRESOS POR TERRORISMO NO SEAN LIBERADOS MIENTRAS NO PAGUEN LA CORRESPONDIENTE INDEMNIZACIÓN AL ESTADO PERUANO. Dice el iletrado Galindo Vásquez —un neo Daniel Espichán Tumay, ese indio atavillo natural de Mala, borrachiento y descompuesto, que encarceló a miles de inocentes y defendió a muerte a los asesinos y ladrones Fujimori y Montesinos— que el estado peruano ha perdido TRES MILLONES Y MEDIO DE SOLES porque los acusados por terrorismo no pagan las reparaciones al estado peruano. ¿Pero de qué universidad es este jumento? ¿Tan mal terminan las neuronas de los abogados y jueces luego de las fenomenales borracheras que se meten con los narcotraficantes? Esa afirmación temeraria no tiene la más mínima base legal ni aquí ni en la China. Pero ese no es el tema: las leguleyadas que las vean los picapleitos. El problema con estos miserables corifeos es de fondo.
¿Sabrá este inmundo viejo ancashino Galindo Vásquez que la familia Agois Banchero, esos pezuñentos millonarios enriquecidos desde la época de Banchero Rossi, le deben al estado peruano MILES DE MILLONES DE SOLES, pero la SUNAT los subsidia con avisaje pagado anticipadamente en las cloacas periodísticas de Epensa, Correo, Ojo, Ajá, El Bocón?
¿Sabe este logrero ignaro, Julio Galindo Vásquez, que el forajido Genaro Delgado Parker debe MILLONES DE SOLES al estado peruano y a sus trabajadores y se caga en la deuda y se limpia el tito con quienes le reclaman lo adeudado? ¿Sabes, viejo imbécil, que el estado peruano, ese estado pestífero que defiendes como ni a tu mujer, INDEMNIZÓ AL ISRAELITA BARUCH IVCHER CON VEINTE MILLONES DE SOLES POR SUPUESTOS DAÑOS SUFRIDOS DURANTE EL FUJIMONTE-CINISMO?
¿Qué tipo de abogado es este putrefacto sujeto llamado Julio Galindo Vásquez?
Pues bien, fue este mismo Julio Galindo Vásquez, ancashino analfabeto-funcional eyectado por San Marcos, quien hace unos meses dijo que el estado peruano no pagará INDEMNIZACIONES a los deudos de los familiares de los presos políticos asesinados en Castro Castro, porque podían malversar ese dinero en actividades subversivas.
Fue este mismo Julio Galindo Vásquez, serrano renegado, defensor acérrimo de la democracia-de-corral-de-chanchos —igual que el congresista aprista Edgar Núñez (vergûenza de Ayacucho)— quien dijo que el libro “Ciencias Sociales” para quinto de secundaria, cuestionado por los imberbes legisladores apristas por una supuesta apología del terrorismo, POSEÍA MENSAJES SUBLIMINALES DONDE HACÍAN APARECER A SENDERO LUMINOSO COMO UNA TENDENCIA SALVADORA Y AL ESTADO COMO INEFICIENTE y como si todo esto fuera poco, este cholo-vruto fue quien pidió a los pocos días de liberada, porque era inocente, la joven poeta Melissa Patiño, que la volviesen a encerrar pues podía recaer en las redes de la subversión emerretista. Sabemos de buena fuente que este triste personaje Julio Galindo Vásquez, prepara acciones concertadas con los muñecones que fungen de ministros de defensa, interior y justicia, para incriminar a los dirigentes y pueblo amazónico como agitadores subversivos en contra de la seguridad nacional. Además de deshonesto e imbécil, este séptico huaracino Galindo es aficionado a las artes adivinatorias.
Pacha Tikray, como en el conmovedor cuento del gran narrador y doctor en medicina Walter Lingán, quien tuvo que afincarse en Alemania. ¡El mundo al revés por la gramputa!
Pregunto a todos los lectores:
Y a los miles de inocentes o presos de conciencia encarcelados en las terribles mazmorras del aprofujimontesinismo neoliberal, ¿quién diantres les INDEMNIZA los años perdidos, las vida mutiladas, los sueños destrozados? ¿Los protervos señoritos de la Comisión de la Verdad, los hipócritas neoliberales que creen que el Perú es Suiza, los asesinos fujimontecínicos que quemaban jóvenes universitarios?¿Quién?
¿Quién indemniza a los cientos miles de familiares de los detenidos-desaparecidos, durante la guerra interna? El Perú es el segundo país de América Latina con más desaparecidos por la violencia política (15 mil desaparecidos, sin contar los más de 70 mil muertos), sólo nos gana Guatemala, con 35 mil, una banana republic con un porcentaje de población indígena tan alto como el Perú (más del 90%), un país en donde el de pellejo blanquecino quiere ser gringo, el ladino alucina ser blanco y el indígena aculturado jura ser mestizo y se enorgullece de un apellido español gravado con la espada y la cruz por encomenderos y ensotanados en bautizos masivos, en comparsa a la extirpación de idolatrías.
¿De qué miéchica sirvió la Comisión de la Verdad en el Perú y en Guatemala? Claro que sirvió, al menos en el Perú sirvió para inspirar la gran película peruano-española, La Teta Asustada, que ni siquiera pagó derechos ni nada por el estilo a los pobladores de Musa y Picapiedra, barriadas de La Molina en donde se filmó la película nacional más vista de todos los tiempos, sugestionada por los testimonios de las víctimas de la guerra brindados a esa Comisión de la Hipocresía Bienpagada para que artistas burgueses cuenten su versión logrera y se llenen de plata los bolsillos. Esa Comisión, cuyos antecedentes más remotos nos remiten a los países apartheid africanos, solamente ha servido para espesar las billeteras de los izquierdosos oenegeros que huelen a Paco Rabanne, para imbuir novelas perricholescas premiadas en la Madre Pútrea, para hacer reir a un pueblo envrutecido por el reguetón y la tecnocumbia, para elevar los bonos de unos cuantos personajes de origen judío, entroncados además con todos los partidos políticos y los eunucos inmortales, desde el sachanacionalista Ollanta Humala hasta los doños Lourdes Tremebunda Flores y Lourdes Huevos de Oro Alcorta.
Mientras tanto, TRESCIENTOS MIL MINEROS se van a la huelga, pidiendo al estado peruano igualdad de trato que a las grandes mineras, miles de médicos, profesores universitarios y enfermeras anuncian paralizaciones y en la selva peruana, la gran selva peruana, pulmón del planeta, la amenaza aprofujimontesinista-neoliberal se cierne como una gran nube negra bajo la forma de explotaciones hidrocarburíferas (gas, petróleo), gran minería (oro, uranio, plata) y monocultivos de sandionisioromeroseminario (vuelta del gran latifundio), sancionadas por los decretos de Alan García, por el estafador oxapampino oportunista que funge de ministro del medioambiente ANTONIO BRACK EGG y por el establishment putrefacto.
Pero no pasarán, CIENTOS DE MILES DE FAMILIAS AMAZÓNICAS, nativas, choris, mestizas y conscientes esperan valientemente la arremetida del podrido gobierno peruano y sus fuerzas armadas. Por lo pronto, la marina del héroe del Frontón, el genocida LUIS GIAMPIETRI ROJAS ya empezó a cañonear a los pueblos amazónicos desde embarcaciones destinadas únicamente a esas operaciones. Esa marina peruana genéticamente traumada, esa marina racista y belicista (pero contra su propio pueblo) valiente para matar peruanos, cobarde para reclamar el Huáscar y defender el Mar de Grau de la amenaza chilena.
Los pueblos amazónicos están en pie de guerra porque se amenaza su propia supervivencia física, que ya no sólo la de su entorno. El estado peruano, putrefacto y neoliberal, está enviando hoy día mismo más tropas de la marina y el ejército para disparar al pueblo amazónico que siente que ese estado no los representa ni los quiere, como a la gran mayoría de pueblos del Perú real. Vaya desde aquí una arenga a los miles de moroquitos infantes de la marina “de guerra” del Perú, para que no disparen en contra de sus hermanos de clase y de sangre, no defiendan este sucio orden de cosas, que tarde o temprano se volverá en contra de ustedes mismos, porque este mundo está al revés, pacha tikray.
Basilio Auqui
Qué pánfilos son estos del FOCEP. Vale la intención, pero el corrupto Poder Judicial, en manos de escoria aprista, JAMÁS, JAMÁS atorará esa denuncia. En el supuesto negado de que la aceptase, dormirá el sueño de los justos mil años.
Resistir y combatir
Cierto K, "la gente es solo gente" aunque algunos por tener forma antropoide y balbucear palabras también se ganen esa categoría. Saludos.
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